Noticias

<volver

ORDEN EHA/1059/2010 MODULOS RENTA/IVA

30-04-2010

ORDEN EHA/1059/2010BOE 30-04-2010 – MODULOS RENTA/VA

 

INDICE

 

Art.1. Reducción de los índices de rendimiento neto aplicables a las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales.(Aplicables en 2009 - Anexo)

 

Art.2. Modificación de los módulos aprobados por el anexo II de la Orden EHA/99/2010 (módulos renta/IVA 2010) para determinadas actividades económicas, a efectos del régimen especial simplificado del IVA (en aplicación de la DT 2ª del RD-Ley 6/2010 que prevé una reducción en el IVA de los módulos aplicables a las actividades de renovación y reparación de viviendas):

 

504.1. Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire).

504.2  y 3. Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire.

504.4, 5, 6, 7 y 8

Instalación de pararrayos y similares.

Montaje e instalación de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios.

Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo.

Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y construcciones de cualquier clase.

Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de la instalación o montaje.

505.1, 2, 3 y 4. Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos.

505.5. Carpintería y cerrajería.

505.6. Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plásticos, y terminación y decoración de edificios y locales.

505.7. Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales.

 

DA primera. Plazo especial de renuncias o revocaciones al método de estimación objetiva del IRPF y al régimen especial simplificado del IVA año 2010 para los titulares de las actividades previstas en el art.2 Orden. Plazo ejercitar opción: hasta 01-06-2010

 

DA segunda. Cuotas trimestrales del régimen especial simplificado del IVA referentes al segundo y tercer trimestre del año 2010 a realizar por los titulares de las actividades previstas en el art.2 de la presente Orden.

 

DA tercera. Cálculo de la cuota anual devengada del año 2010 del régimen especial simplificado del IVA a realizar por los titulares de las actividades previstas en el art.2 Orden: deberán calcular utilizando al efecto los módulos aprobados por el art.2 de esta Orden.

 

DF única. Entrada en vigor.

+ noticias